Ingresos indebidos: cómo recuperar lo pagado de más a Hacienda

Cuando un contribuyente ha ingresado a Hacienda más de lo que legalmente debía —por un error en la autoliquidación, por una retención practicada incorrectamente o porque el acto que determinó el ingreso ha sido anulado posteriormente— tiene derecho a recuperar ese exceso mediante el procedimiento de devolución de ingresos indebidos. Este derecho incluye no solo el principal ingresado de más, sino también los intereses de demora calculados desde la fecha del ingreso indebido hasta la fecha del reconocimiento de la devolución.

Vías para obtener la devolución

  • Solicitud de rectificación de autoliquidación (artículo 120.3 LGT): cuando el error perjudicó al propio contribuyente. Plazo de cuatro años desde la presentación de la autoliquidación.
  • Solicitud de devolución de ingresos indebidos (artículo 221 LGT): cuando el ingreso se realizó en cumplimiento de un acto posteriormente anulado (por recurso, por resolución del TEAR o por sentencia judicial).
  • Solicitud de devolución derivada de la normativa de cada tributo: como la devolución de IVA exportadores o la devolución mensual del IVA para sujetos inscritos en el REDEME.

En LRB Tax & Legal, despacho especializado en reclamaciones de devolución y rectificación de autoliquidaciones, gestionamos la recuperación de lo pagado de más, incluidos los intereses de demora que la AEAT no siempre reconoce espontáneamente. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / www.LRB.es.