La comprobación limitada es el procedimiento de verificación tributaria más habitual: tiene alcance restringido, no puede examinar la contabilidad mercantil y está limitada a los tributos y períodos indicados en la notificación de inicio. La propuesta de liquidación provisional que resulta no es firme: hay diez días hábiles para presentar alegaciones. Un escrito de alegaciones sólido puede lograr que la AEAT archive el expediente sin liquidar. Si la liquidación definitiva es incorrecta, puede recurrirse ante el TEAR en el plazo de un mes. Los límites legales del procedimiento son una herramienta de defensa: si la AEAT los supera (pidiendo la contabilidad, ampliando el alcance sin nueva notificación), los actos realizados con extralimitación son nulos. Para la gestión de comprobaciones limitadas, en LRB Tax & Legal analizamos cada expediente y preparamos las alegaciones con la máxima solidez argumental. Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.