Fraccionamiento de deudas tributarias: cómo pagar a plazos con Hacienda

El fraccionamiento permite dividir el pago de una deuda tributaria en varios plazos, a diferencia del aplazamiento que la difiere globalmente. La AEAT lo concede habitualmente cuando el contribuyente justifica dificultades de tesorería y el importe de la deuda es elevado para pagarlo de una sola vez. El interés que se aplica sobre los aplazamientos y fraccionamientos concedidos es el interés legal del dinero (3,25% en 2025) para los primeros 12 meses, y el interés de demora (4,0625% en 2025) para plazos superiores.

Cómo solicitar el fraccionamiento

  • Presentar la solicitud antes de que venza el período voluntario de pago o dentro del plazo abierto por la AEAT en el propio procedimiento.
  • Para deudas inferiores a 30.000 euros: sin necesidad de garantía, con concesión casi automática.
  • Para deudas de 30.000 a 150.000 euros: garantía simplificada (declaración responsable del contribuyente sobre su patrimonio).
  • Para deudas superiores a 150.000 euros: garantía suficiente (aval bancario, hipoteca, seguro de caución).

Si durante el fraccionamiento el contribuyente deja de pagar algún plazo, la AEAT puede dar por vencido anticipadamente el fraccionamiento y exigir el total pendiente en período ejecutivo. En LRB Tax & Legal, despacho especializado en gestión de deudas tributarias, negociamos las mejores condiciones de fraccionamiento para nuestros clientes. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / www.LRB.es.