No entre en pánico: la inspección no significa condena

Recibir una notificación de inicio de actuaciones inspectoras de la AEAT es uno de los momentos más estresantes para cualquier empresario o contribuyente. Sin embargo, es fundamental entender desde el principio que una inspección es un procedimiento administrativo —no penal— y que el resultado final depende en gran medida de cómo se gestione desde el primer momento.

La AEAT inicia inspecciones por múltiples razones: cruces de información con terceros, discrepancias en declaraciones, sectores bajo el foco del Plan de Control Tributario o selección aleatoria. Que le hayan inspeccionado no significa que haya cometido un error ni, mucho menos, un fraude.

Paso 1: Identifique exactamente qué le están inspeccionando

La comunicación de inicio de actuaciones inspectoras debe especificar el alcance objetivo de la inspección: qué impuestos y qué períodos están siendo comprobados. Lea con atención la notificación y compruebe si es una inspección general o parcial, el órgano actuante y si hay ya una primera comparecencia fijada.

Paso 2: Llame a su asesor fiscal ese mismo día

No responda a la AEAT, no aporte documentación y no firme nada antes de haber hablado con un asesor fiscal especializado en inspecciones tributarias. Las primeras decisiones que se toman en una inspección —qué documentación se aporta, cómo se responde a las preguntas del inspector, qué se reconoce y qué se discute— condicionan todo el procedimiento posterior.

LRB Tax & Legal cuenta con un equipo especializado en defensa ante inspecciones de la AEAT con experiencia en procedimientos de toda complejidad. Contacte con nosotros en Contacto@LRB.es o en el +34 684 234 831.

Paso 3: No destruya ni modifique documentación

La destrucción de documentación durante una inspección puede constituir un delito de obstrucción y convierte una posible infracción administrativa en un problema penal. Conserve todo: facturas, contratos, correos electrónicos, extractos bancarios, registros contables. Lo que se destruye es indefendible.

Paso 4: Recopile la documentación de los períodos inspeccionados

Antes de la primera comparecencia con el inspector, su asesor necesitará revisar toda la documentación fiscal y contable. Organice: declaraciones fiscales presentadas de todos los ejercicios inspeccionados, libros contables, contratos con clientes y proveedores relevantes, extractos bancarios de todas las cuentas y documentación de las operaciones que puedan estar en el foco de la inspección.

Paso 5: Conozca sus derechos como inspeccionado

  • Derecho a ser asistido por asesor en todas las comparecencias con el inspector.
  • Derecho a conocer la identidad del inspector y ver su acreditación.
  • Derecho al plazo para aportar documentación y formular alegaciones.
  • Derecho a no autoinculparse cuando la información pueda usarse en vía penal.
  • Derecho a que las actuaciones no duren más de 18 meses con carácter general.

Paso 6: No hable con el inspector sin asesor presente

Los inspectores de la AEAT son profesionales muy preparados. Una respuesta improvisada, un reconocimiento verbal no intencionado o una explicación incorrecta puede usarse en su contra. Nunca comparezca ante el inspector sin su asesor fiscal presente, por muy informal o amistosa que parezca la conversación.

¿Qué ocurre si ignoro la notificación de inspección?

Ignorar una notificación de la AEAT puede resultar en: declaración de rebeldía del contribuyente, liquidación provisional basada únicamente en los datos de la AEAT sin posibilidad de alegar, e imposición de sanciones por falta de colaboración. La notificación debe atenderse siempre.

Conclusión

Las primeras 48 horas tras recibir una notificación de inspección son las más importantes. Identifique el alcance exacto, contacte inmediatamente con un especialista en defensa fiscal, conserve toda la documentación y no tome ninguna decisión sin asesoramiento previo. Si acaba de recibir una notificación, llámenos hoy: Contacto@LRB.es+34 684 234 831.