IVA deducible: requisitos formales y materiales que exige Hacienda

La deducción del IVA soportado en las adquisiciones de bienes y servicios es un derecho fundamental del sistema del IVA, pero está condicionada al cumplimiento de requisitos formales y materiales que la AEAT comprueba en detalle. El incumplimiento de cualquiera de ellos puede determinar la regularización del IVA deducido, con la consiguiente cuota a ingresar más intereses de demora.

Requisitos formales

  • Disponer de una factura completa que cumpla todos los requisitos del Reglamento de Facturación: identificación completa del emisor (NIF, nombre, domicilio), número de factura correlativo, fecha, descripción de la operación, base imponible, tipo impositivo y cuota de IVA desglosada. Los tickets de caja o facturas simplificadas no permiten deducción del IVA.
  • La factura debe estar registrada en los libros registro de IVA en el período en que se deduce.
  • La deducción debe ejercerse antes de que transcurran cuatro años desde el nacimiento del derecho.

Requisitos materiales

  • Los bienes o servicios adquiridos deben estar afectos a la actividad económica del contribuyente: no puede deducirse el IVA de adquisiciones para uso privado o no relacionadas con la actividad.
  • La operación debe haber sido realmente realizada: la AEAT puede cuestionar la realidad de la operación cuando no hay prueba de entrega del bien o prestación del servicio.
  • El proveedor debe estar dado de alta en el censo de operadores intracomunitarios (VIES) para las operaciones intracomunitarias.

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