La reclamación económico-administrativa ante el TEAR: guía práctica
La reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) es la vía de impugnación principal para los actos tributarios de la AEAT. Es gratuita, no requiere abogado ni procurador, y es la instancia donde se resuelve la mayoría de los recursos tributarios antes de llegar a los tribunales. El plazo para interponerla es de un mes desde la notificación del acto impugnado.
Ventajas clave de la reclamación ante el TEAR
- Suspensión automática de sanciones sin necesidad de aportar garantía.
- Para liquidaciones: suspensión de la ejecución si se aporta garantía suficiente (aval, hipoteca, seguro de caución).
- Plazo de resolución de 1 año (prorrogable), durante el cual no corren intereses de demora sobre la liquidación suspendida con garantía hasta el límite del plazo legal.
- Posibilidad de acumular en una sola reclamación todos los actos relacionados (liquidación y sanción).
La tasa de estimación de reclamaciones ante los TEAR varía entre el 20% y el 40% según el tributo y el tipo de alegación, lo que hace que esta vía sea rentable en la gran mayoría de los casos relevantes. En LRB Tax & Legal, despacho especializado en reclamaciones ante el TEAR y el TEAC, preparamos los escritos con la máxima solidez argumental y seguimiento proactivo hasta la resolución. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / www.LRB.es.