Recurso de alzada ante el TEAC: cuándo procede y cómo prepararlo
Cuando el TEAR resuelve una reclamación desfavorablemente, el contribuyente puede continuar en la vía económico-administrativa interponiendo recurso de alzada ordinario ante el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), pero solo cuando la cuantía de la reclamación supera los 150.000 euros en liquidaciones o los 1.800 euros en sanciones. Para cuantías inferiores, la siguiente instancia es directamente el recurso contencioso-administrativo ante el TSJ.
Por qué es importante el TEAC
Las resoluciones del TEAC tienen carácter vinculante para toda la AEAT y para los TEARs, lo que significa que si el TEAC sienta doctrina favorable en un asunto concreto, todos los casos similares pendientes deben resolverse en el mismo sentido. Esto hace que el TEAC sea una instancia estratégicamente muy relevante cuando el contribuyente tiene un argumento jurídico sólido que puede extenderse a muchos casos similares. El plazo para interponer el recurso de alzada es de un mes desde la notificación de la resolución del TEAR. En LRB Tax & Legal, despacho especializado en recursos ante el TEAC y litigación tributaria, preparamos los recursos de alzada con una estrategia orientada a la creación de doctrina favorable. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / www.LRB.es.