Tasación pericial contradictoria: cómo rebatir la valoración de Hacienda

Cuando la AEAT comprueba el valor declarado de un bien —un inmueble, una participación en empresa o un bien mueble— y considera que el valor de mercado es superior al declarado, practica una comprobación de valores. Si el contribuyente discrepa de esa valoración, puede solicitar la tasación pericial contradictoria (TPC), un procedimiento específico regulado en el artículo 135 LGT que permite que un perito del contribuyente y un perito de la AEAT comparen sus valoraciones y, si difieren en más de un 10% o en más de 120.000 euros, se nombre un tercer perito dirimente que fija el valor definitivo.

Cuándo conviene solicitar la tasación pericial contradictoria

  • Cuando el valor fijado por la AEAT supera al declarado en un importe significativo y el contribuyente tiene argumentos técnicos (precio pagado en transacciones comparables, estado del inmueble, servidumbres, etc.) para acreditar que el valor real es inferior.
  • Cuando la metodología de valoración utilizada por la AEAT es cuestionable (por ejemplo, usar el valor de referencia catastral sin considerar las características específicas del inmueble).
  • La solicitud de TPC suspende la liquidación y el plazo para interponerla es de un mes desde la notificación de la liquidación provisional que incluye la comprobación de valores. No es compatible con el recurso de reposición o la reclamación ante el TEAR: hay que elegir.

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