Inspección de Hacienda: cómo defenderte paso a paso

Si has recibido una comunicación de inicio de inspección tributaria, no estás solo ni indefenso. Te representamos ante la inspección de la AEAT y protegemos tus derechos de principio a fin. Atendemos inspecciones tributarias de todo tipo en toda España.

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¿Qué es una inspección de Hacienda?

La inspección de Hacienda (o inspección tributaria) es el procedimiento por el que la Agencia Tributaria comprueba en profundidad tu situación fiscal: ingresos, gastos, deducciones y el correcto cumplimiento de tus obligaciones. A diferencia de una comprobación limitada, la inspección puede revisar tu contabilidad completa y solicitar documentación de varios ejercicios.

Suele comenzar con una comunicación de inicio de actuaciones inspectoras, donde se indica el alcance (qué impuestos y qué años) y la fecha de la primera comparecencia. Recibir esta carta no significa que hayas hecho algo mal, pero sí que debes actuar con rigor desde el primer día.

Importante: lo que declares o entregues en las primeras comparecencias condiciona todo el procedimiento. Contar con un abogado fiscalista desde el inicio evita errores que después son muy difíciles de corregir.

Tipos de actuaciones inspectoras

  • Alcance general: revisan la totalidad de un impuesto y ejercicio.
  • Alcance parcial: se limitan a elementos concretos (una deducción, unas facturas).
  • Actuaciones de comprobación e investigación: pueden extenderse a terceros relacionados contigo.

Tus derechos durante la inspección

Frente a la inspección tienes derechos que conviene ejercer: a conocer el estado del procedimiento, a que las actuaciones no se dilaten indefinidamente (hay plazos máximos), a la representación por un profesional, y a formular alegaciones antes de la liquidación. Un mal uso de estos derechos —o su desconocimiento— es lo que más caro sale.

El acta de inspección: conformidad o disconformidad

La inspección termina con un acta. Puedes firmarla en conformidad (asumes la regularización, con reducción de sanción) o en disconformidad (la discutes). Elegir bien esta decisión, con los números y la base jurídica delante, puede suponer miles de euros de diferencia. Y si la liquidación no te convence, aún puedes recurrir mediante recurso de reposición o reclamación económico-administrativa.

Cómo te ayudamos

  • Analizamos la comunicación de inicio y el alcance real de la inspección.
  • Te representamos ante el inspector en todas las comparecencias.
  • Preparamos la documentación y controlamos plazos y requerimientos.
  • Negociamos el acta y presentamos alegaciones frente a la propuesta de liquidación y sanción.
  • Si procede, recurrimos hasta el TEAR/TEAC y la vía contencioso-administrativa.

Preguntas frecuentes sobre la inspección de Hacienda

¿Cuánto puede durar una inspección de Hacienda?
Con carácter general, el plazo máximo del procedimiento inspector es de 18 meses, ampliable a 27 en casos de mayor complejidad. Si se supera, hay consecuencias favorables para el contribuyente, como la no exigencia de intereses de demora por el exceso.
¿Tengo que ir yo personalmente a la inspección?
No. Puedes designar un representante (abogado fiscalista) que comparezca y actúe por ti durante todo el procedimiento, lo que además evita que declaraciones improvisadas te perjudiquen.
¿Me pueden sancionar además de pagar la deuda?
Sí, si aprecian una infracción tributaria. Pero la sanción es discutible: analizamos si existe culpabilidad y motivación suficiente, y en muchos casos se anula o reduce.

No afrontes una inspección de Hacienda en solitario

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