Focos principales de la inspección del IS
La inspección del Impuesto sobre Sociedades tiene como objetivo verificar que la base imponible declarada es correcta. Los ajustes extracontables más frecuentes revisados por la AEAT son: gastos no deducibles (multas, liberalidades, gastos sin relación con la actividad), amortizaciones calculadas sobre valores incorrectos o con tablas no aplicables, provisiones contabilizadas pero no admitidas fiscalmente, operaciones vinculadas a precios distintos al de mercado y deducciones en cuota incorrectamente aplicadas (I+D+i, inversión en empresas de nueva creación, reserva de capitalización).
Los gastos no deducibles más cuestionados
- Atenciones a clientes y proveedores: deducibles hasta el 1% del importe neto de la cifra de negocios.
- Retribución de administradores: la AEAT cuestiona la deducibilidad de la retribución de administradores cuando los estatutos no la prevén expresamente con suficiente determinación.
- Gastos financieros: la limitación del artículo 16 LIS restringe la deducibilidad de gastos financieros netos al 30% del beneficio operativo (EBITDA) con un mínimo deducible de 1 millón de euros.
- Deterioros de valor de participaciones: los deterioros de participaciones en entidades del grupo no son deducibles fiscalmente desde 2013.
La reserva de capitalización y compensación de bases negativas
La AEAT verifica el correcto cumplimiento de los requisitos formales y materiales de la reserva de capitalización (artículo 25 LIS) y la correcta compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, comprobando que los saldos de BINs declarados coinciden con los de las declaraciones de los ejercicios en que se generaron. En LRB Tax & Legal, despacho especializado en inspecciones del Impuesto sobre Sociedades, analizamos cada regularización propuesta por la AEAT e identificamos los argumentos de impugnación más sólidos. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / www.LRB.es.