Cómo impugnar una liquidación tributaria: guía paso a paso

Las vías para impugnar una liquidación tributaria

Cuando la AEAT notifica una liquidación tributaria con la que el contribuyente no está de acuerdo, dispone de un sistema escalonado de recursos e instancias revisoras. La secuencia completa es: (1) recurso de reposición ante la AEAT (potestativo, 1 mes); (2) reclamación ante el TEAR (1 mes, suspensión con garantía); (3) recurso de alzada ante el TEAC (cuantías >150.000€, 1 mes desde resolución TEAR); (4) recurso contencioso-administrativo ante el TSJ o Audiencia Nacional (2 meses desde resolución TEAR o TEAC). Si el TSJ es desfavorable, puede intentarse el recurso de casación ante el Tribunal Supremo cuando existe interés casacional objetivo.

La suspensión de la deuda durante la impugnación

Para liquidaciones: la suspensión en vía económico-administrativa requiere garantía (aval, hipoteca, seguro de caución). En vía contenciosa puede solicitarse como medida cautelar. Para sanciones: la suspensión es automática y sin garantía en todas las fases. La suspensión evita el inicio del período de apremio y los recargos ejecutivos durante toda la tramitación, que puede extenderse entre 5 y 10 años en los casos más complejos. En LRB Tax & Legal, despacho especializado en recursos tributarios y defensa ante el TEAR y los tribunales, gestionamos la impugnación completa de liquidaciones tributarias desde el primer recurso hasta la vía judicial. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / www.LRB.es.

¿Tienes un problema con Hacienda?

Analizamos tu caso gratis y te decimos cómo defenderte, sin compromiso.

Solicitar consulta gratuita